2 de agosto de 2026: lo que cambia hoy para las organizaciones que usan IA de alto riesgo
Hoy, 2 de agosto de 2026, el calendario del EU AI Act cambia de cara. El Reglamento Ómnibus (UE) 2026/1744 — publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026 — aplaza las obligaciones de los sistemas de IA de alto riesgo del Anexo III hasta el 2 de diciembre de 2027, y las del Anexo I hasta el 2 de agosto de 2028.
Pero no todo se aplaza. Las obligaciones de transparencia del Artículo 50 — informar cuando se interactúa con un sistema de IA y etiquetar el contenido sintético — entran en vigor hoy para todas las organizaciones, tengan o no sistemas de alto riesgo. Las prohibiciones, la alfabetización en IA (desde feb. 2025) y el régimen sancionador de los modelos GPAI (desde ago. 2025) siguen plenamente vigentes.
Si tu organización despliega chatbots o genera contenido con IA en la Unión Europea, esta fecha te afecta igual.
Reglamento UE 2024/1689 · Art. 50 en vigor desde hoy · Alto riesgo aplazado (Omnibus UE 2026/1744)Qué significa “alto riesgo” bajo el EU AI Act
La definición práctica es más amplia de lo que muchas organizaciones esperan — y el Reglamento Ómnibus da más tiempo para prepararse, no un motivo para dejar de hacerlo.
Filtrado de CVs, ranking de candidatos, evaluación de rendimiento
Scoring de crédito, evaluación de seguros, decisiones de préstamo
Sistemas que determinan elegibilidad para servicios o ayudas
Energía, agua, transporte, infraestructura digital
Estas obligaciones (Anexo III) ya no se exigen desde hoy, sino desde el 2 de diciembre de 2027. Si tienes dudas sobre si tu sistema entra en esta categoría, clasiíficalo ahora igualmente — 17 meses de margen es tiempo para hacerlo bien, no para posponerlo.
Qué exige el EU AI Act — y desde cuándo
Vigente hoy, 2 de agosto de 2026 (Art. 50 — Transparencia), para cualquier organización que use IA generativa o conversacional:
Aviso de interacción con IA Hoy
Si un chatbot o sistema conversacional atiende a personas, hay que informar de que hablan con una IA, salvo que sea evidente por el contexto.
Etiquetado de contenido sintético Hoy
Texto, imagen, audio o vídeo generado o manipulado por IA debe marcarse como tal, en formato legible por máquina. Los sistemas ya comercializados antes de hoy tienen carencia hasta el 2 de diciembre de 2026.
Aplazado por el Reglamento Ómnibus — exigible a sistemas de alto riesgo desde el 2 de diciembre de 2027 (Anexo III) o el 2 de agosto de 2028 (Anexo I):
Documentación técnica Aplazado
Descripción del sistema, datos de entrenamiento, rendimiento, limitaciones y controles implementados. Debe poder presentarse a la autoridad competente en el plazo que esta requiera.
Registro de eventos Aplazado
Registros automáticos con suficiente granularidad para identificar situaciones de riesgo y reconstruir decisiones tomadas por el sistema. No logs genéricos — trazabilidad de decisión.
Supervisión humana documentada Aplazado
No basta con que la supervisión sea posible en teoría. Debe estar documentado que ocurrió — en qué outputs, por quién, con qué resultado.
Sistema de gestión del riesgo activo Aplazado
No una evaluación de impacto puntual. Un proceso continuo de identificación, evaluación y mitigación de riesgos — con evidencia de que funciona.
Las sanciones
El régimen sancionador (Art. 99) está en vigor desde agosto de 2025 y no lo toca el Reglamento Ómnibus. Se aplica ya a los incumplimientos de transparencia del Art. 50, y se aplicará a los de alto riesgo en cuanto esas obligaciones sean exigibles (2027/2028).
El porcentaje se aplica sobre la facturación global — no la nacional, no la del segmento afectado. Global.
Reglamento UE 2024/1689 · Artículo 99El problema que la mayoría de organizaciones tiene hoy
El aplazamiento del alto riesgo no elimina el problema, solo cambia la fecha. Las organizaciones que llevan meses preparando su compliance descubren lo mismo de siempre: la documentación y los registros que generan sus sistemas actuales no cumplen los requisitos de evidencia del Reglamento.
Un log en la base de datos de la plataforma propia no es un registro de eventos con la integridad que el EU AI Act requiere. Una política de supervisión humana firmada por el comité directivo no demuestra que esa supervisión ocurrió en cada decisión relevante. Y hoy, el aviso de interacción con IA y el etiquetado de contenido sintético ya son exigibles — no hay margen ahí.
El EU AI Act no pide documentación. Pide evidencia verificable de que los controles operaron — hoy para transparencia, y desde 2027 para alto riesgo.
La evidencia que el EU AI Act exige, generada desde hoy
V-PROOF captura el contexto normativo aplicable, el ratio IA/humano, la autoría y la aprobación — y genera el V-Seal: SHA-256 + timestamp de la blockchain Base L2.
El resultado: un registro de eventos con integridad criptográfica, verificable de forma independiente, que ninguna parte puede modificar retroactivamente — útil para el Art. 50 hoy, y preparado para el alto riesgo cuando llegue en 2027/2028.
El alto riesgo se ha aplazado. La transparencia, no. La evidencia que generes desde hoy existirá cuando la necesites — la que no generes no podrá crearse para el pasado.
La transparencia del Art. 50 está en vigor. ¿Puedes demostrar que tus controles operaron hoy?
Documentación técnica · Registro de eventos · Supervisión humana verificable.
Evidencia criptográfica desde el primer activo, lista también para el alto riesgo de 2027.
